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Cómo bajar (o subir) la potencia contratada
Revisado el 25 de septiembre de 2026
La potencia contratada es la cantidad de electricidad que puedes usar a la vez. La pagas todos los días aunque no enciendas nada, así que contratar de más es dinero perdido y contratar de menos hace que salte la luz.
Cuánta potencia necesitas
La CNMC lo resume así: la potencia depende de cuántos aparatos usas al mismo tiempo, no de cuánto consumes al mes.
Paso 1: mira tu dato real
Si tienes contador digital, tu distribuidora registra la potencia máxima que has demandado. Puedes consultarla de tres formas:
- En tu factura: debe incluir las potencias contratadas y las demandadas.
- En la web de tu distribuidora.
- En Datadis, la plataforma gratuita de las distribuidoras, que según la OCU muestra tus consumos hora a hora y tus picos de potencia de los últimos meses.
Si en un año entero tu pico en punta nunca ha pasado de 3,2 kW y tienes 5,75 kW, te sobra potencia.
Paso 2: si no tienes datos, suma
Apunta los aparatos que sueles tener encendidos a la vez y suma los vatios de su etiqueta. Por ejemplo, si una noche de invierno coinciden:
| Aparato (potencia de la etiqueta) | Vatios |
|---|---|
| Horno | 2.200 W |
| Lavadora calentando agua | 2.000 W |
| Frigorífico, luces, TV y router | 500 W |
| Total a la vez | 4.700 W = 4,7 kW |
Con esa suma te bastaría algo más de 4,6 kW. Si no pones el horno y la lavadora a la vez, podrías bajar bastante más. Consulta la potencia típica de cada aparato en cuánto consume. En verano no olvides sumar el aire acondicionado si coincide con la cocina.
Qué pasa si te quedas corto
El contador digital lleva dentro el ICP (interruptor de control de potencia), que corta el suministro cuando la demanda supera la potencia contratada. Tendrás que apagar algo y volver a subir el interruptor.
Dos potencias: P1 y P2
Desde junio de 2021, todos los hogares con tarifa 2.0TD (hasta 15 kW) tienen dos periodos de potencia:
| Periodo | Horas |
|---|---|
| P1 punta-llano | De 8:00 a 24:00, de lunes a viernes laborables |
| P2 valle | De 0:00 a 8:00, y todo el día los sábados, domingos, 6 de enero y festivos nacionales |
Puedes contratar un valor distinto en cada periodo. La propia CNMC pone ejemplos con 4 kW en punta y 5 kW en valle.
¿Por qué importa? Porque la parte regulada es muy distinta. En 2026, peajes más cargos suman 27,704413 €/kW al año en P1 y solo 0,725423 €/kW al año en P2. Si cargas un coche eléctrico por la noche, subir solo la potencia de valle cuesta poco en peajes. Ojo: algunas comercializadoras cobran el mismo precio por kW en P1 y en P2, así que mira su oferta.
Detalle de horarios y precios por periodo en la discriminación horaria.
Cuánto cuesta cambiar la potencia
Lo cobra la distribuidora, a través de tu comercializadora. Los importes están en la Orden ITC/3519/2009 y la CNMC los recoge así para baja tensión (sin IVA):
| Concepto | Importe | Cuándo se paga |
|---|---|---|
| Derechos de actuación (enganche) | 9,04476 € | Siempre, al subir o al bajar |
| Derechos de acceso | 19,703137 €/kW | Por cada kW que subes |
| Derechos de extensión | 17,374714 €/kW | Por cada kW que superas tus derechos vigentes |
Los derechos de extensión corresponden a la potencia más alta que has tenido y en baja tensión se mantienen 3 años. Si hace dos años tenías 5,75 kW, bajaste a 4,6 kW y ahora vuelves a 5,75 kW, no pagas extensión.
Ejemplo: subir de 3,45 a 4,6 kW
Subes 1,15 kW y no tienes derechos de extensión por encima de 3,45 kW:
- Acceso: 1,15 × 19,703137 = 22,66 €
- Extensión: 1,15 × 17,374714 = 19,98 €
- Actuación: 9,04 €
- Total: 51,68 € sin IVA; 62,54 € con IVA del 21 %
Ejemplo: bajar de 5,75 a 4,6 kW
Pagas solo la actuación: 9,04 € sin IVA (10,94 € con IVA). A cambio, solo la parte regulada del término de potencia baja 1,15 kW × 28,429836 €/kW al año = 32,69 € al año antes de impuestos, unos 41,58 € con impuesto eléctrico e IVA. Recuperas el coste en unos tres meses, y el ahorro real es mayor porque tu comercializadora también cobra su margen por cada kW.
El boletín eléctrico
Según la CNMC, solo puedes subir la potencia hasta la potencia máxima admisible que figura en tu boletín eléctrico (certificado de instalación). Si quieres más, necesitas un boletín nuevo. También te lo pueden pedir si el tuyo tiene más de 20 años. La CNMC indica que suele costar entre 100 y 150 €, aunque el precio es libre.
Cada cuánto puedes cambiarla
La CNMC dice que la potencia se puede cambiar cada doce meses, aunque en la práctica las distribuidoras permiten más cambios, sobre todo para subirla. Por eso conviene no bajar demasiado de golpe: mejor un escalón prudente que tener que subir y pagar acceso al mes siguiente.
Cómo pedir el cambio, paso a paso
- Ten a mano una factura (con el CUPS) y tus datos de titular.
- Decide la potencia de P1 y de P2.
- Pídelo a tu comercializadora; ella lo tramita con la distribuidora.
- Si subes por encima de lo que permite tu boletín, pide antes un boletín nuevo a un instalador autorizado.
- Revisa la siguiente factura: debe aparecer la nueva potencia y el cargo del cambio.
Si tienes el PVPC, recuerda que solo puedes seguir en él con 10 kW o menos en cada periodo. Para ver cuánto baja tu factura con otra potencia, prueba el simulador de factura o compara ofertas en el comparador de tarifas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta bajar la potencia contratada?
9,04476 € más IVA en concepto de derechos de actuación, sea cual sea la reducción.
¿Cuánto cuesta subir la potencia?
9,04476 € de actuación más 19,703137 € por cada kW que subes (acceso) y, si superas tus derechos vigentes, 17,374714 € por kW (extensión), más IVA.
¿Cada cuánto puedo cambiar la potencia?
Una vez cada doce meses, según la CNMC, aunque en la práctica las distribuidoras suelen aceptar más cambios, sobre todo para subirla.
¿Puedo tener distinta potencia en punta y en valle?
Sí. La tarifa 2.0TD tiene dos periodos de potencia (P1 y P2) y puedes contratar un valor distinto en cada uno.
¿Necesito boletín eléctrico para subir la potencia?
Solo si pides más que la potencia máxima admisible de tu boletín actual, o si tu boletín tiene más de 20 años.
Fuentes
- CNMC – Comercialización y suministro eléctrico
- CNMC – ¿Cómo cambiar las condiciones del contrato?
- CNMC – La nueva factura de la luz: coste de adaptación de la potencia
- CNMC – El boletín eléctrico, ¿qué es y para qué sirve?
- BOE – Circular 3/2020 de la CNMC, peajes de transporte y distribución
- BOE – Resolución CNMC de peajes de transporte y distribución para 2026
- BOE – Orden TED/1524/2025, cargos del sistema eléctrico para 2026
- OCU – Datadis: para conocer tu consumo eléctrico
- Naturgy – ICP en electricidad: qué es y por qué puede saltar