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Cómo entender la factura de la luz

Revisado el 25 de septiembre de 2026

Tu factura de luz se reduce a seis importes: potencia, energía, impuesto eléctrico, alquiler del contador, otros servicios si los tienes, e IVA. Todo lo demás son datos para identificar tu contrato.

Primero, los datos del contrato

La normativa obliga a que tu factura incluya, entre otros:

  • Titular y dirección del suministro.
  • CUPS (Código Unificado de Punto de Suministro): identifica tu punto de conexión. Te lo piden para cambiar de compañía o de potencia.
  • Peaje de acceso: con 15 kW o menos en baja tensión, 2.0TD.
  • Potencia contratada en cada periodo (P1 y P2) y, según la CNMC, también las potencias que has demandado.
  • Comercializadora y distribuidora, con el teléfono gratuito de averías de la distribuidora.
  • Fecha de fin del contrato y, si hay permanencia, la penalización y la fecha a partir de la cual ya no se aplica.

La factura línea a línea, con un ejemplo

Supón una vivienda con 4,6 kW en P1 y en P2, 270 kWh en una factura de 30 días y una oferta de precio único. Los precios de potencia y energía son de ejemplo (sin impuestos); los regulados son los vigentes en 2026:

Línea de la factura Cálculo Importe
Potencia P1 (punta-llano) 4,6 kW × 30 días × 0,09 €/kW día 12,42 €
Potencia P2 (valle) 4,6 kW × 30 días × 0,01 €/kW día 1,38 €
Energía 270 kWh × 0,13 €/kWh 35,10 €
Impuesto eléctrico 48,90 € × 5,11269632 % 2,50 €
Alquiler del contador 0,81 € × 12 ÷ 365 × 30 días 0,80 €
IVA 52,20 € × 21 % 10,96 €
Total 63,16 €

Vamos concepto por concepto.

Término de potencia

Pagas por los kW que tienes contratados, uses la luz o no: kW × días × precio. En 2.0TD hay dos líneas, una para P1 y otra para P2. Dentro de ese precio van los peajes y cargos regulados: en 2026 suman 27,704413 €/kW al año en P1 (unos 0,076 € por kW y día) y 0,725423 €/kW al año en P2. Lo que pase de ahí es el margen de tu comercializadora.

Es la parte que más fácil puedes bajar: mira cómo modificar la potencia contratada.

Término de energía

Pagas los kWh que has consumido por su precio. Si tu tarifa tiene tres precios, verás una línea por periodo (punta, llano y valle); si tiene precio único, una sola. Los horarios de cada periodo los fija la Circular 3/2020 de la CNMC: punta de 10 a 14 y de 18 a 22 h los días laborables; valle de 0 a 8 h y todo el fin de semana.

Peajes y cargos

No son una línea extra: van dentro de la potencia y la energía, pero la factura tiene que decirte qué parte corresponde a ellos.

  • Peajes de transporte y distribución: pagan las redes. Los fija la CNMC.
  • Cargos: pagan otros costes del sistema. El modelo oficial de factura los desglosa en retribución a renovables, cogeneración y residuos (RECORE), anualidades del déficit, sobrecoste de generar en los territorios no peninsulares y otros.

Son iguales para todos los hogares con 2.0TD, estés en el mercado libre o en el PVPC.

Bono social

Si estás en el PVPC, verás una línea de financiación del bono social, que pagan todos los consumidores. Si tú eres beneficiario, aparecerá además el descuento del bono social.

Impuesto eléctrico

Es el Impuesto Especial sobre la Electricidad. Se calcula sobre lo que pagas por el suministro de electricidad (potencia y energía) y su tipo general es del 5,11269632 %. Tiene un mínimo: en una vivienda no puede ser inferior a 1 € por MWh (0,001 € por kWh).

En 2026 hubo una rebaja temporal. El Real Decreto-ley 7/2026 lo bajó al 0,5 % desde el 22 de marzo. La rebaja no se aplicó en junio, así que el tipo general volvió el 1 de junio. El Real Decreto-ley 18/2026 permitía recuperar el 0,5 % en agosto y septiembre solo si el IPC de la electricidad de junio o julio superaba en más de un 15 % al del mismo mes de 2025.

Alquiler del contador

Es un importe regulado por la Orden IET/1491/2013: 0,81 € al mes por un contador electrónico monofásico y 1,36 € al mes si es trifásico.

Otros servicios

Mantenimiento, seguros o asistencia. No son obligatorios: si no los has pedido, reclama. En el PVPC están prohibidos dentro del contrato.

IVA

Se aplica sobre la suma de todo lo anterior, incluido el impuesto eléctrico. El tipo general es el 21 %.

Del 22 de marzo al 31 de mayo de 2026 se aplicó un 10 % a los contratos de hasta 10 kW (y a los vulnerables severos con bono social), por el Real Decreto-ley 7/2026. Desde el 1 de junio vuelve a ser el 21 %. El Real Decreto-ley 18/2026 dejó abierta la vuelta al 10 % en agosto y septiembre con la misma condición del IPC que el impuesto eléctrico. Comprueba en tu factura el tipo aplicado: la normativa obliga a indicar el porcentaje.

En Canarias no se aplica IVA sino IGIC, y en Ceuta y Melilla, el IPSI.

Tres comprobaciones rápidas

  1. ¿Lectura real o estimada? Si hay consumos estimados, la factura debe indicarlo.
  2. ¿La potencia es la que pediste? En el modelo oficial del PVPC aparece destacada en color.
  3. ¿Hay servicios que no reconoces? Pide que los quiten.

Para rehacer tu factura con otros precios, usa el simulador de factura. Para ver cuánto pagarías con otras compañías, el comparador de tarifas. Y si quieres saber si tu importe es normal, lee cuánto cuesta la luz al mes.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el impuesto eléctrico en 2026?

El 5,11269632 % desde el 1 de junio de 2026. Entre el 22 de marzo y el 31 de mayo se aplicó un 0,5 % por el Real Decreto-ley 7/2026.

¿Qué IVA lleva la factura de la luz?

El 21 %. Del 22 de marzo al 31 de mayo de 2026 se aplicó un 10 % a los contratos de hasta 10 kW; en Canarias, Ceuta y Melilla no se aplica IVA.

¿Cuánto cuesta el alquiler del contador?

0,81 € al mes si es monofásico y 1,36 € al mes si es trifásico, según la Orden IET/1491/2013.

¿Qué es el CUPS?

El Código Unificado de Punto de Suministro: identifica tu punto de conexión y te lo piden para cambiar de compañía o de potencia.

¿Qué son los peajes y los cargos?

Costes regulados que pagan todos los consumidores: los peajes financian las redes y los cargos, otros costes del sistema como las renovables con retribución regulada.

Fuentes