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Me han cortado la luz: qué hacer y a quién llamar

Revisado el 25 de septiembre de 2026

Si te quedas sin luz, lo primero es saber si es una avería o un corte por impago. Cambia a quién tienes que llamar y cuánto vas a tardar en recuperarla.

Paso 1: averigua qué ha pasado

Señal Causa probable Qué hacer
Ha saltado un interruptor del cuadro Problema dentro de tu casa (sobrecarga o fuga) Mira qué es el interruptor diferencial y rearma con cuidado.
Tus vecinos o la calle tampoco tienen luz Avería en la red Llama a la distribuidora.
Solo tú no tienes luz, el cuadro está bien y tienes facturas sin pagar Posible suspensión por impago Llama a tu comercializadora.
Te avisaron de trabajos en la red Corte programado Espera a la hora indicada en el aviso.

La propia i-DE (distribuidora del grupo Iberdrola) lo resume así: si hay luz en la calle o la tienen tus vecinos, probablemente la incidencia está en tu casa.

Si es una avería: llama a la distribuidora

La comercializadora es la empresa que te vende la luz y te factura. La distribuidora es la dueña de los cables de tu zona y la que arregla las averías. No la eliges tú: depende de dónde vives.

Por ley tienes derecho a un teléfono de asistencia gratuito y disponible las 24 horas de tu distribuidora para incidencias de seguridad o de continuidad del suministro, y ese número tiene que figurar claramente en tus facturas (Real Decreto 88/2026). Hemos reunido los de las principales distribuidoras en teléfonos de las compañías eléctricas.

El mismo reglamento reconoce el derecho a una indemnización por interrupciones en los términos del Real Decreto 1955/2000. Si la avería fue larga, pregunta a tu comercializadora por ella.

Si es por impago: así funciona el procedimiento

Para una persona física en su vivienda habitual con hasta 10 kW contratados, el procedimiento lo fija el Real Decreto 897/2017:

  1. Plazo para pagar la factura: 20 días naturales desde que se emite (en el mercado libre, tu contrato puede fijar otro plazo).
  2. Requerimiento fehaciente de pago (burofax, correo certificado o medio electrónico con constancia). Si no se te puede entregar, hay un segundo intento a los 7 días hábiles.
  3. Dos meses desde ese requerimiento: si no has pagado, la comercializadora puede pedir el corte a la distribuidora.
  4. Aviso final: 15 días hábiles antes de la fecha de corte recibes otro requerimiento con la fecha exacta.
  5. Corte: nunca en festivo, en día sin servicio de atención para reponer el suministro, ni en su víspera.

La comercializadora, además, comunica los impagos al órgano que designe tu comunidad autónoma para que los servicios sociales puedan actuar.

Si tienes bono social

  • En vez de dos meses, el plazo es de cuatro meses. Después se aplica el suministro mínimo vital: si tenías contratados más de 3,5 kW, tu potencia queda limitada a 3,5 kW, y durante seis meses no te pueden cortar la luz (MITECO).
  • No te pueden cortar nunca si eres consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social, o si tienes bono social y en tu hogar hay un menor de 16 años, una persona con dependencia de grado II o III o con discapacidad del 33 % o más (acreditado por servicios sociales).
  • Protección extra en 2026: el Real Decreto-ley 7/2026 prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la prohibición de suspender la luz a consumidores vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social. Ese periodo tampoco cuenta para los plazos entre el requerimiento y el corte.
  • Si pides el bono social antes de que te corten, el plazo para pagar se amplía en dos meses (MITECO).

Si crees que cumples los requisitos, pídelo cuanto antes: te lo explicamos en bono social de la luz.

Recuperar la luz tras pagar

Paga la deuda (tienes opciones en cómo pagar la luz por internet) y guarda el justificante. Después, según el Real Decreto 88/2026:

  • La comercializadora debe pedir la reconexión en 12 horas como máximo desde que consta el pago.
  • La luz debe volver en 24 horas como máximo.

Cuánto cuesta la reconexión

Si el corte fue justificado, pagas una cantidad igual al doble de los derechos de enganche. Con el enganche en baja tensión fijado en 9,044760 € (Orden ITC/3519/2009), son unos 18,09 € sin IVA. Si el corte fue injustificado o un error de la comercializadora, es al revés: esa comercializadora asume la reconexión y te paga a ti esa misma cantidad como compensación.

Para que no vuelva a pasar

  • Revisa si una tarifa más barata te ayuda a pagar a tiempo: compárala con tu consumo en el comparador de tarifas.
  • Domicilia el pago y activa avisos de factura en la app de tu compañía.
  • Si tu factura es alta por la potencia, lee cómo modificar la potencia contratada.

Preguntas frecuentes

¿A quién llamo si no tengo luz por una avería?

A tu distribuidora, no a tu comercializadora. Su teléfono de averías es gratuito, funciona 24 horas y debe aparecer en tu factura.

¿Cuánto tardan en cortarme la luz por no pagar?

Como mínimo dos meses desde el primer requerimiento fehaciente de pago, en una vivienda habitual con hasta 10 kW. Con bono social el plazo es de cuatro meses más seis de suministro mínimo.

¿Cuánto tardan en devolverme la luz después de pagar?

Como máximo 24 horas desde que consta el pago, en viviendas habituales de hasta 10 kW y en el PVPC.

¿Pueden cortarme la luz un día festivo?

No. El corte no puede fijarse en festivo, en un día sin servicio de atención para reponer el suministro ni en la víspera de esos días.

¿Pueden cortar la luz a un consumidor vulnerable en 2026?

No. Hasta el 31 de diciembre de 2026 no se puede suspender la luz a consumidores vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social.

Fuentes